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viernes, 30 de junio de 2023

Sube salario (competencia en razón de la cuantía)

 Al incrementarse el salario mínimo, esto afecta la competencia en razón de la cuantía. 

Compartimos los datos correspondientes.

Competencia por razón de la cuantía desde 01 de julio de 2023

Según Decreto Presidencial N° 9584/23.

  • Los Juzgados de Paz son competentes hasta la suma de G. 30.927.300.
  • Los Juzgados de 1ª Instancia, son competentes desde la suma de G. 30.927.301.

El pago de tasa judicial se realiza en todo juicio que supere el monto de G 10.309.101

En los juicios cuyo valor va desde G. 1 hasta 10.309.100 están exonerados del pago.


Cobertura de gastos para inspección judicial.

Juez: G. 1.030.091

Actuario: G. 515.455

Si supera los 25 o 50 kilómetros, esto se va incrementando.

Notificación dentro de la ciudad asiento del juzgado

Ujier, G. 25.773.

Como es de conocimiento general con el aumento del salario mínimo se ha modificado la competencia de los Juzgados de Paz. Por tanto, los Juzgados de Paz, actualmente, según la ampliación de la cuantía (monto de los juicios), conocerán y tendrán competencia en todos los expedientes cuyo monto o cuantía no supere los 30.927.300 guaraníes (300 jornales). 

Es decir, si usted posee un juicio cuyo monto asciende a la suma de 30 millones de guaraníes, ya no es más competente el Juzgado de Paz Letrada o el de 1a. Instancia en algunas Circunscripciones Judiciales, sino que será competente el Juez de Paz. Recién, por encima del monto antes indicado de Gs. 30.927.300 (que irá variando según aumente el Salario Mínimo), será competente el Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial. 


Debe recordarse que lo expuesto precedentemente, que se refiere a la competencia, no tiene nada que ver con lo referente al pago de la tasa judicial correspondiente. Esto es, que aunque el trámite de su expediente sea por ante el Juzgado de Paz, por un juicio cuya cuantía sea inferior a los 300 jornales, de igual manera usted deberá abonar la tasa judicial respectiva. 

La tasa judicial es obligatoria de pago a partir de la suma de G 10.309.101 guaraníes (100 jornales). Por tanto, sólo están exonerados aquellos juicios cuyo monto sea inferior a dicho monto.

PREGUNTAS FRECUENTES

¿Desde qué monto en un juicio ejecutivo estoy obligado al pago de la tasa judicial?

En todo juicio ejecutivo el pago de tasa judicial es obligatorio desde que el monto del reclamo supere la suma de 100 jornales, que hoy día es Gs. 10.309.101.

¿Cuál es el Juzgado competente en razón de la cuantía si tengo un reclamo por vía ejecutiva de la suma de 28 millones de guaraníes?

Es competente el Juzgado de Paz (en razón de la cuantía) en los casos de reclamo de cobro de guaraníes desde 1 hasta 30.927.300. 

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jueves, 22 de junio de 2023

Expediente electrónico en Alto Paraná

Según publicó la CSJ, habilitaron Sistema de Mesa de Entrada en Línea y Expediente Judicial Electrónico en Alto Paraná

El presidente de la Corte Suprema de Justicia y Superintendente de la Circunscripción Judicial de Alto Paraná, doctor César M. Diesel Junghanns, participó este jueves 22 de junio de la habilitación del Sistema de Mesa de Entrada en Línea, implementación del Expediente Judicial Electrónico y la instalación de Red Inalámbrica en los Juzgados de Paz de Ciudad del Este, Hernandarias, y Presidente Franco.  

Fuente



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martes, 20 de junio de 2023

Llega el oficio electrónico al Tribunal

La CSJ publicó que ya implementaron el oficio electrónico en el Tribunal de Apelación Civil y Comercial

El pasado viernes 16 de junio se firmó el primer Oficio Electrónico en el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial Primera Sala de la Capital, con lo cual este órgano jurisdiccional ya cuenta con la herramienta digital que permitirá mantenerse en comunicación con los Juzgados de Primera Instancia, así como también con las demás Salas de los Tribunales de Apelación y, a su vez, con otras instituciones externas al Poder Judicial, para el intercambio de informaciones de interés para las instituciones involucradas dentro de este instrumento electrónico.

Esto resulta toda una innovación dado que éste sistema de comunicación ha demostrado ser muy eficiente, si son los funcionarios los que hacen que el mismo no sea eficaz, dada la dificultad por el uso de la firma electrónico o digital en este caso. 

Señala además la noticia que la puesta en funcionamiento de la firma del primer oficio electrónico de la Primera Sala del Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial de la Capital estuvo a cargo del magistrado Hugo Garcete. Éste explicó que este hecho es de suma relevancia dando un gran paso hacia adelante para el Poder Judicial y destacó que ya no se necesita requerir la impresión en formato papel ni el diligenciamiento de forma material de los oficios, afirmación que se verá con el transcurrir del tiempo.

Resaltó además que todo esto dará mayor celeridad a los procesos y, al mismo tiempo, implicará una disminución de costos en papel, tinta, traslado, entre otros.

Es importante mencionar que este mecanismo ahorrará tiempo, además la herramienta digital pretende lograr el reemplazo gradual del formato papel y brindar máxima transparencia en los procesos.


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jueves, 15 de junio de 2023

Decisiones de la CSJ 14/6/23

 En Sesión Plenaria Ordinaria de fecha 14 de junio del corriente año el Pleno de la Corte Suprema resolvió lo siguiente:

1.- ACEPTAR la renuncia al cargo de Juez en lo Penal - Circunscripción Judicial de Central, presentada por la Abg. Nancy Carolina Duarte Martínez, a partir del 1 de julio de 2023, declarar vacante el cargo respectivo y comunicar al Consejo de la Magistratura para los fines pertinentes.

2.- ACEPTAR la renuncia al cargo de Miembro del Tribunal de Apelación Itinerante - Circunscripción Judicial de Caaguazú, presentada por la Abg. Sara Ramona Teodolina Domínguez Cabrera, a partir del 1 de julio de 2023, declarar vacante el cargo respectivo y comunicar al Consejo de la Magistratura para los fines pertinentes.

REQUERIR informe a las Direcciones Generales de Recursos Humanos, y de Administración y Finanzas sobre la solicitud de pago de aguinaldo proporcional y de pago retroactivo de bonificación por título académico efectuada por la magistrada Sara Ramona Teodolina Domínguez Cabrera.

3.- ACEPTAR la renuncia al cargo de Miembro del Tribunal de Apelación en lo Laboral – Primera Sala de la Circunscripción Judicial de la Capital, presentada por el Abg. Julio César Centeno Barrios, a partir del 1 de julio de 2023, declarar vacante el cargo respectivo y comunicar al Consejo de la Magistratura para los fines pertinentes.

REQUERIR informe a las Direcciones Generales de Recursos Humanos, y de Administración y Finanzas sobre la solicitud de pago de aguinaldo proporcional efectuado por el magistrado Julio César Centeno Barrios.

4.- ACEPTAR la renuncia al cargo de Miembro del Tribunal de Apelación en lo Penal - Circunscripción Judicial de Itapúa, presentada por el Abg. Alejandro Paszniuk Kretschmer, a partir del 1 de julio de 2023, declarar vacante el cargo respectivo y comunicar al Consejo de la Magistratura para los fines pertinentes.

REQUERIR informe a las Direcciones Generales de Recursos Humanos, y de Administración y Finanzas sobre la solicitud de pago de aguinaldo proporcional efectuado por el magistrado Alejandro Paszniuk Kretschmer.

DISPONER que la magistrada Zulma Beatriz Luna; Miembro del Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Primera Sala de la Circunscripción Judicial de Itapuá, integre sin perjuicio de sus actuales funciones, a partir del 1 de julio de 2023, el Tribunal de Apelación en lo Penal, Segunda Sala de la misma Circunscripción Judicial, hasta nueva disposición de la Corte Suprema de Justicia, en reemplazo del Abg. Alejandro Paszniuk Kretschmer, quien renunció.

5.- ACEPTAR la renuncia al cargo de Miembro del Tribunal de Apelación en lo Penal - Circunscripción Judicial de Itapúa, presentada por la Abg. Zully Elpidia Aca Velázquez, a partir del 1 de julio de 2023, declarar vacante el cargo respectivo y comunicar al Consejo de la Magistratura para los fines pertinentes.

REQUERIR informe a las Direcciones Generales de Recursos Humanos, y de Administración y Finanzas sobre la solicitud de pago de aguinaldo proporcional efectuada por la magistrada Zully Elpidia Aca Velázquez.


DISPONER que el Magistrado Víctor Manuel Vega, Miembro del Tribunal de Apelación en lo Penal - Primera Sala de la Circunscripción Judicial de Itapuá, integre sin perjuicio de sus actuales funciones el Tribunal de Apelación Penal, Segunda Sala de la misma Circunscripción Judicial, a partir del 1 de julio de 2023, hasta nueva disposición de la Corte Suprema de Justicia, en reemplazo de la Magistrada Zully Elpidia Aca Velázquez quien renunció.

6.- ACEPTAR la renuncia al cargo de Miembro del Tribunal de Apelación en lo Penal de la Adolescencia - Circunscripción Judicial de Paraguarí, presentada por el Abg. Germán Antonio Torres Mendoza, a partir del 1 de julio de 2023, declarar vacante el cargo respectivo y comunicar al Consejo de la Magistratura para los fines pertinentes.

REQUERIR informe a las Direcciones Generales de Recursos Humanos, y de Administración y Finanzas sobre la solicitud de pago de aguinaldo proporcional efectuado por el magistrado Germán Antonio Torres Mendoza.

7.- ACEPTAR la renuncia al cargo Juez de Paz de Maciel - Circunscripción Judicial de Caazapá, presentada por la Abg. Diana Evelyn Portillo Barrios, declarar vacante el cargo respectivo y comunicar al Consejo de la Magistratura para los fines pertinentes.

REQUERIR informe a las Direcciones Generales de Recursos Humanos, y de Administración y Finanzas sobre la solicitud de pago de aguinaldo proporcional efectuada por la magistrada Diana Evelyn Portillo Barrios.

8.- ACEPTAR la renuncia al cargo de Juez en lo Penal para Caaguazú – Circunscripción Judicial de Caaguazú, presentada por el Abg. Ángel Rafael Baranda Miltos, a partir del 1 de julio de 2023, declarar vacante el cargo respectivo y comunicar al Consejo de la Magistratura para los fines pertinentes.

REQUERIR informe a las Direcciones Generales de Recursos Humanos, y de Administración y Finanzas sobre la solicitud de pago de vacaciones no usufructuadas al tiempo del retiro y el aguinaldo proporcional, efectuada por el magistrado Ángel Rafael Baranda Miltos.

9.- ACEPTAR la renuncia al cargo de Miembro del Tribunal de Apelación en lo Civil, Comercial, Penal, Laboral y de la Niñez y la Adolescencia – Circunscripción Judicial de Ñeembucú, presentada por la Abg. Graciela Elena Candia Fretes, a partir del 1 de julio de 2023, declarar vacante el cargo respectivo y comunicar al Consejo de la Magistratura para los fines pertinentes.

AGRADECER a la magistrada Graciela Elena Candia Fretes, por los servicios prestados durante su ejercicio en la Magistratura en carácter de Miembro del Tribunal de Apelación en lo Civil, Comercial, Penal, Laboral y de la Niñez y la Adolescencia – Circunscripción Judicial de Ñeembucú.

REQUERIR informe a las Direcciones Generales de Recursos Humanos, y de Administración y Finanzas sobre la solicitud de pago de vacaciones no usufructuadas al tiempo del retiro, efectuada por la magistrada  Graciela Elena Candia Fretes.

DISPONER que la Magistrada Rosa Isabel Dejesús Quiñonez, Miembro del Tribunal de Apelación de la Niñez y Adolescencia Circunscripción Judicial de Ñeembucú, integre sin perjuicio de sus actuales funciones el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial de la misma Circunscripción Judicial, a partir del 1 de julio de 2023, hasta nueva disposición de la Corte Suprema de Justicia, en reemplazo de la Magistrada Graciela Elena Candia Fretes, quien renunció.

10.- ACEPTAR la renuncia al cargo de Juez Electoral de los Departamentos de Presidente Hayes y Boquerón – Circunscripción Judicial de Presidente Hayes y Boquerón, presentada por el Abg. Pedro Ricardo Arias, declarar vacante el cargo respectivo y comunicar al Consejo de la Magistratura para los fines pertinentes.

11.- ACEPTAR la renuncia al cargo de Miembro del Tribunal Electoral de la Circunscripción Judicial de Caaguazú y San Pedro, presentada por el Abg. José María Ríos Martínez, declarar vacante el cargo respectivo y comunicar al Consejo de la Magistratura para los fines pertinentes.

12.- ACEPTAR la renuncia al cargo de Agente Fiscal en lo Penal para la Región III – Caaguazú, presentada por el Abg. Vicente Adolfo Rodríguez Barreto, a partir del 1 de julio de 2023, declarar vacante el cargo respectivo y comunicar al Consejo de la Magistratura para los fines pertinentes.

13.- INVITAR a representantes del Consejo de la Magistraturas, a fin de participar de una reunión de trabajo para tratar temas relacionados con la conformación de ternas para cubrir cargos vacantes correspondientes a Magistrados de la República, a realizarse el día lunes 19 de junio del año en curso.

14.- DISPONER que el Magistrado Antonio Ignacio Benítez López, Juez Penal de Sentencia N° 3, de la Circunscripción Judicial de Cordillera, quien cumple funciones en el Juzgado Penal de la Adolescencia del Segundo Turno de la misma Circunscripción Judicial, interine con perjuicio de sus actuales funciones el Tribunal de Sentencia de la Circunscripción Judicial de Paraguarí, a partir del 15 de junio de 2023, hasta nueva disposición de la Corte Suprema de Justicia.

DISPONER que la Magistrada Haydee Berlinda Pereira, Jueza Penal de la Adolescencia del Primer Turno de la Circunscripción Judicial de Cordillera, interine sin perjuicio de sus actuales funciones, el Juzgado Penal de la Adolescencia del Segundo Turno, de la misma Circunscripción Judicial, a partir del 15 de junio de 2023, hasta nueva disposición de la Corte Suprema de Justicia.

15.- DIFERIR el estudio del proyecto de Ley “POR LA QUE SE ACTUALIZAN LAS DENOMINACIONES, SE AMPLÍAN Y DETERMINAN LAS COMPETENCIAS TERRITORIALES DE LOS JUZGADOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE MISIONES”.

16.- APROBAR la propuesta de contrato elevada por el Consejo de Superintendencia, Secretaría 1.

17.- RATIFICAR la Resolución S2 N° 156, de fecha 7 de junio de 2023, del Consejo de Superintendencia, Secretaría N° 2, por la cual se adjudica el llamado a Contratación Directa PAC N° 27/2023 “Adquisición de Banderas, Mástil y Corbata de Pabellón – Contrato Abierto – Plurianual – Ad Referéndum – S.B.E.”.


18.- RATIFICAR la Resolución S2 N° 158, de fecha 7 de junio de 2023, del Consejo de Superintendencia, Secretaría N° 2, por la cual se adjudica el llamado a Contratación Directa PAC N° 38/2023 “Adquisición de insumos de imprenta y otros – Contrato Abierto – Plurianual – S.B.E. – Ad Referéndum”.

19.- DESIGNAR, al Ministro Prof. Dr. Alberto Joaquín Martínez Simón, en carácter de Superintendente de la Circunscripción Judicial de Ñeembucú, en forma conjunta con el Ministro Prof. Dr. Luis María Benítez Riera.




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lunes, 12 de junio de 2023

Modelo: promover juicio sucesorio

 OBJETO: PROMOVER JUICIO SUCESORIO

SEÑORA JUEZA:

JUANA MERCADO, bajo patrocinio del abogado LUIGIO JULIUS, con Matrícula profesiona Nº 331.159, siendo el domicilio real en la casa de la Avenida Nº 9 y Valentina, del Barrio Santo Premulio, cerca de Industrializadora Etiola, constituyendo domicilio procesal en la casa de José Primera y 25 de Agosto, Edificio Domingo, 11º Piso, de esta ciudad, ante V.S. me presento y con todo respeto digo:  

Que, venimos a promover juicio sucesorio ab intestato de quien en vida fuera don JULIO MERCADO con fundamento en las siguientes circunstancias que se expondrán, como asimismo en las normativas legales que se invocarán. 

CAUSANTE DEL SUCESORIO. Don JULIO MERCADO fue el esposo de doña MARÍA. -------------

  El citado falleció el 28 de junio del año 2011, según se acredita con el certificado de defunción que se adjunta a esta presentación. 

         Dicho deceso se produjo en ésta localidad , según se acredita con las constancias que se acompañan.

Así, también las presentantes son hijas del causante, según se acredita con los certificados de nacimientos que adjuntamos. 

En cuando a doña MARÍA esposa del causante también se acredita con el certificado de matrimonio respectivo. 

BIENES

    Muebles: en cuanto a los mobiliarios, paso a describir los mismos:

- Vivienda:

Electrodomésticos

Sillas

Mesas

- Oficina

Computadores

- Semovientes

Vacunos

- Rodados

Automóvil

Automóvil

Camión

Motocicleta

Bienes inmuebles

Vivienda individualizada como Finca Nº 13135, de Lambaré.


  Solicito se libre oficio al Registro Público, a fin que informe sobre las condiciones de dominio del inmueble mencionado. 

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 732 del CPC, paso a denunciar la inexistencia de otros herederos de los causantes. 

   Petitorio de rigor. 

En consecuencia, atento a lo expuesto en este escrito de presentación y a lo dispuesto en el artículo 2574 del Código Civil, y los artículos 731, 732 del Código Procesal Civil y concordantes, solicito a V.S. el siguiente petitorio. 

RECONOCER nuestra personería en el carácter invocado y por constituido mi domicilio en el lugar señalado. 

ORDENAR la agregación de los documentos presentados, previa autenticación en Secretaría por el Actuario según trámite electrónico. 

TENER por iniciado el presente juicio sucesorio ab Intestato de JULIO MERCADO, y en consecuencia disponer la publicación de los edictos de citación y emplazamiento por todo el plazo de ley en un diario de la capital. 

CONFERIR intervención según procedimiento a la representante del Ministerio Público. 

OPORTUNAMENTE, y previo los trámites de rigor, declarar herederos y en tal carácter con derecho a los bienes relictos, sin perjuicio de terceros. 

  PROVEER de conformidad




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