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martes, 22 de febrero de 2022

Reconocimiento matrimonio aparente

Requisitos que debe reunir la unión extramarital para producir efectos:

El artículo 83 de la Ley Nº 1/1992 establece los requisitos que debe reunir la unión extramarital para producir efectos jurídicos. 

Tales requisitos son: 

  • diversidad de sexos, 
  • edad mínima, 
  • permanencia, 
  • notoriedad, 
  • singularidad, y 
  • regularidad. 

Todos estos requisitos deben darse de manera conjunta en la relación de pareja, para que pueda ser considerada jurídicamente: una unión de hecho o concubinato.-