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viernes, 1 de septiembre de 2023

Fiscalización de tasas

Fiscalización de tasas judiciales (innovación)

Hasta el 5 de setiembre, para fiscalizar, necesariamente debe enviarse por correo la liquidación, el comprobante y el escrito respectivo en un archivo .PDF, y en otro adjunto, la resolución que establece la regulación de honorarios y el monto correspondiente, a los efectos que el fiscalizador tenga los parámetros para el efecto. 

El trámite es sencillo y rápido.

Pero a partir del 5 de setiembre, por lo menos en capital, y luego seguro en todo el país, la manera de fiscalización se realizará por el sistema Gestión Jurisdiccional.



Video que explica las innovaciones en materia de fiscalización de tasas judiciales.
No se utilizará más el correo electrónico
El mismo sistema de Gestión Jurisdiccional implementa el menú para fiscalizar las tasas judiciales por ese medio, quedando descartado la forma anteriormente utilizada.





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